El oficialismo mendocino busca restringir el acceso a la información pública en esa provincia, según un proyecto presentado por el diputado César Cattaneo, cercano al gobernador Alfredo Cornejo (UCR, Frente Cambia Mendoza).
El proyecto de reforma de la Ley Provincial 9.070 de Acceso a la Información Pública persigue “actualizar y fortalecer el régimen provincial de acceso a la información pública”, pero de su análisis surge que, lejos de ampliar derechos, podrían restringirlos en comparación con los estándares internacionales, según publicó el medio EditorMendoza.
En los fundamentos se lee que «se busca evitar abusos, optimizar la gestión administrativa y asegurar un equilibrio razonable entre el derecho de acceso y la eficiencia del Estado». Se desprende de ello que, para el Ejecutivo, algunos pedidos de información pública fueron «abusivos» o «excesivos» y busca una herramienta para limitarlos.
El punto crítico es una la lista de causales de rechazo, que podría convertirse en un obstáculo para el ejercicio efectivo del derecho.
Según un análisis de la Fundación Nuestra Mendoza, la modificación propuesta a la Ley 9070 implicaría «un retroceso en el Derecho de Acceso a la Información Pública e iría en contra de los estándares Internacionales», ya que supone dejar un amplio abanico de datos fuera del alcance público y brindaría mayor discrecionalidad a los funcionarios introduciendo términos como “banales” y “buena fe”.
La propuesta plantea, según Nuestra Mendoza:
- Limitar lo que se considera Información pública, respecto a lo que plantea la Ley 9070.
- Se le exige al ciudadano justificar y fundar por qué pide la Información.
- Mayor identificación del solicitante (La 9070 plantea la necesidad de identificación sólo para luego enviar la información) y para personas jurídicas. Incluso plantea solicitar hasta una copia del poder legalizado de quien solicita la información.
- Se elimina la posibilidad de solicitar información e ir personalmente a buscarla. Esto sí lo permite la 9070, para dar garantías o seguridad a quienes temen por una posible persecución del Gobierno.
- El proyecto introduce como causal de “rechazo” del pedido de Información “Cuando la información solicitada se refiere a cuestiones netamente domésticas o banales”, una interpretación muy subjetiva.
- El proyecto plantea que puede negarse el acceso a la información cuando la solicitud es reiterada y se “aparta del principio de buena fe”. ¿Quién definirá la buena fe?
«Creemos que hay muchas cosas por mejorar para que realmente se cumpla en Mendoza el Derecho de Acceso a la Información Pública, pero consideramos que el primer paso es hacer que se cumpla realmente la Ley 9070 y sancionar a los funcionarios que no lo hagan. En diferentes ocasiones desde Fundación Nuestra Mendoza presentamos estudios que reflejan el alto grado de incumplimiento de la norma y también realizamos propuestas de mejora, las cuales, en la mayoría de los casos han sido ignoradas. Para un mejor Acceso a la Información Pública empecemos por hacer cumplir las leyes existentes», señala Facundo Heras, presidente de la fundación.
La exigencia de justificar el motivo del pedido contradice los principios internacionales, que sostienen que el acceso a la información debe ser independiente de las razones del solicitante. La OEA y la UNESCO recomiendan explícitamente que no se requiera fundamentación, ya que el derecho es universal y no depende de la intención de quien lo ejerce. Este requisito podría convertirse en una herramienta para filtrar o cuestionar solicitudes legítimas.
Desde el Laboratorio de Acceso a la Información Pública de Poder Ciudadano, señalaron que «el marco normativo y los compromisos internacionales que rigen en nuestro país son inequívocos respecto a los pilares del derecho de acceso a la información pública: es imperativo eliminar la mayor cantidad de barreras posibles para su ejercicio, no incrementarlas».
Agregan que una decisión como la que impulsa el gobierno mendocino «se mueve, precisamente, en sentido opuesto. La exigencia de fundamentar los pedidos -un requisito que implica la llamada ‘legitimación’ del solicitante-, así como la extensión excesiva y, sobre todo, la ambigüedad en la definición de las excepciones, constituyen retrocesos de magnitud».
«A esto se añade la incorporación imprecisa del concepto de “políticas públicas”. Es un derecho fundamental de la ciudadanía estar informada sobre las decisiones y finalidades de cualquier nivel de gobierno, ya sea nacional o provincial. El secretismo siempre representa un menoscabo democrático. Una normativa de esta naturaleza inevitablemente ingresará en un terreno pantanoso en cuanto a su legalidad -al contradecir potencialmente la Ley Nacional N° 27.275/16- y su constitucionalidad -considerando la jurisprudencia de la propia CSJN al respecto. Se trata, definitivamente, de una postura que atenta contra la ciudadanía y su “derecho a saber de qué se trata”. En este caso, no existe nunca abuso de derecho», explican desde Poder Ciudadano.
La iniciativa también cosechó rechazos de la oposición, como el del diputado José Luis Ramón (Protectora), o Jorge Difonso (Provincias Unidas).
